Legal
Seguros y responsabilidad en un delivery
Este es el punto que más disgustos da y el que menos se mira. Un delivery implica que alguien que no es el propietario va a gobernar el barco, y eso hay que decírselo a la aseguradora antes de salir. No después.
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Foto de Olaf Tausch · CC BY 3.0
La póliza del armador
El barco sigue siendo del armador y su seguro de casco y máquinas es el que cubre los daños a la embarcación durante el traslado. Lo habitual es que la empresa de delivery pida copia de la póliza en vigor antes de empezar, y que el armador declare que el barco está en condiciones de navegabilidad.
Muchas pólizas tienen condiciones específicas para travesías: zonas de navegación cubiertas, número mínimo de tripulantes, o periodos del año excluidos. Conviene leerlas antes, no cuando hay un parte que dar.
Avisar a la aseguradora
Es el punto crítico. No comunicar a la aseguradora que la travesía la va a hacer una tripulación externa puede dejar la póliza sin efecto justo cuando hace falta. Basta con confirmar con el corredor que el acuerdo con terceros está expresamente cubierto, y guardar esa confirmación por escrito.
Es una llamada de diez minutos que puede evitar una pérdida total no cubierta. No hay ninguna razón sensata para saltársela.
La cobertura de la empresa
Por su parte, quien hace el traslado debe contar con su propia responsabilidad civil profesional. Lo normal en los contratos de delivery es que la empresa no responda de los daños derivados de los riesgos propios de la mar, salvo en casos de negligencia grave o dolo, y que sea el armador quien mantenga la cobertura de esos riesgos.
Es un reparto razonable: la tripulación responde de cómo trabaja, no de que haya un temporal.
Qué debe decir el contrato
Un contrato de delivery serio recoge al menos: identificación del barco y de las partes, puertos de origen y destino, horquilla de fechas, composición de la tripulación, reparto de gastos (combustible, amarres, tasas, vuelos), pólizas que aporta cada parte, y qué ocurre si hay que interrumpir la travesía.
Si alguien te propone hacer un traslado sin contrato y sin ver la póliza, esa es toda la información que necesitas sobre esa empresa.
Preguntas frecuentes
¿Mi seguro cubre el delivery?
Depende de la póliza. Hay que comunicar a la aseguradora que habrá tripulación externa y confirmar por escrito que la travesía prevista está cubierta.
¿Quién responde si el barco sufre daños?
Los riesgos propios de la mar los cubre la póliza del armador. La empresa de delivery responde por negligencia grave o dolo, a través de su responsabilidad civil profesional.
¿Hace falta contrato para un delivery?
Siempre. Debe recoger barco, partes, fechas, tripulación, reparto de gastos, seguros y qué pasa si la travesía se interrumpe.